lunes, 31 de agosto de 2015

La Amigable Composición

LA AMIGABLE COMPOSICIÓN ¿Qué es?


                                                                                                                             
La Ley 1563 de 2012 en su artículo 59 define a la amigable composición como
 un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual, dos o
 más particulares, un particular y una o más entidades públicas, o varias
 entidades públicas, o quien desempeñe funciones administrativas, 
delegan en un tercero, denominadoamigable componedor, la facultad de 
definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual 
de libre disposición.


CARACTERÍSTICAS:

Hetero – Compositivo: Las partes delegan a un tercero la resolución de su controversia.

Oneroso: Se debe pagar los honorarios y gastos del amigable componedor para que se 

pueda adelantar el trámite.

Excepcional: Requiere pacto expreso de las partes.

No jurídico obligatoriamente: El amigable componedor no tiene que ser abogado. Puede ser 

cualquier persona que haya sido designado por las partes, sea un ciudadano en 
ejercicio y obra como mandatario de las partes. No administra justicia.

Transaccional: El amigable componedor expide una decisión que es firmada por el 

amigable componedor y las partes, que tiene los mismos efectos de la transacción. 
Es decir, según la ley, constituye cosa juzgada y las partes podrán dar alcance 
de prestar mérito ejecutivo.

BENEFICIOS
» Sencillez: es el procedimiento más simple por no estar sometida a un procedimiento
 especial
» Informalidad y Flexibilidad las partes son las que determinan el alcance del amigable 

componedor
» Validez: La decisión final del amigable componedor, produce los mismos efectos de 

 la transacción y es de obligatorio cumplimiento para las partes.

¿CÓMO ACCEDO A LA AMIGABLE COMPOSICIÓN?
» Se celebra un contrato de prestación de servicios, entre las partes y el componedor.
» El componedor examina el asunto, y se forma un criterio mediante entrevista a las partes y 

estudio de la documentación e indagaciones.
» Finalmente, el componedor adopta su decisión, fijando el estado, las partes y la forma de 

cumplimiento del negocio jurídico o técnico.

A continuación veremos un vídeo donde nos resumen la amigable composición:





http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1563_2012_pr001.html
http://conciliacion.gov.co/portal/Amigable-Composici%C3%B3n/-Qu%C3%A9-es-Amigable-
Composici%C3%B3n
https://www.youtube.com/watch?v=MPQi0PQaKpQ

Leidy Ocampo Jaramillo

No hay comentarios:

Publicar un comentario