LA AMIGABLE COMPOSICIÓN ¿Qué
es?
La Ley 1563 de 2012 en su
artículo 59 define
a la amigable composición como
un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual, dos o
más particulares, un particular y una o más entidades públicas, o varias
entidades públicas, o quien desempeñe funciones administrativas,
delegan en un tercero, denominadoamigable componedor, la facultad de
definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual
de libre disposición.
un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual, dos o
más particulares, un particular y una o más entidades públicas, o varias
entidades públicas, o quien desempeñe funciones administrativas,
delegan en un tercero, denominadoamigable componedor, la facultad de
definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual
de libre disposición.
CARACTERÍSTICAS:
Hetero – Compositivo: Las partes delegan a un tercero la resolución de su controversia.
Oneroso: Se debe pagar los honorarios y gastos del amigable componedor para que se
pueda adelantar el trámite.
Excepcional: Requiere pacto expreso de las partes.
No jurídico obligatoriamente: El amigable componedor no tiene que ser abogado. Puede ser
cualquier persona que haya sido designado por las partes, sea un ciudadano en
ejercicio y obra como mandatario de las partes. No administra justicia.
Transaccional: El amigable componedor expide una decisión que es firmada por el
amigable componedor y las partes, que tiene los mismos efectos de la transacción.
Es decir, según la ley, constituye cosa juzgada y las partes podrán dar alcance
de prestar mérito ejecutivo.
Hetero – Compositivo: Las partes delegan a un tercero la resolución de su controversia.
Oneroso: Se debe pagar los honorarios y gastos del amigable componedor para que se
pueda adelantar el trámite.
Excepcional: Requiere pacto expreso de las partes.
No jurídico obligatoriamente: El amigable componedor no tiene que ser abogado. Puede ser
cualquier persona que haya sido designado por las partes, sea un ciudadano en
ejercicio y obra como mandatario de las partes. No administra justicia.
Transaccional: El amigable componedor expide una decisión que es firmada por el
amigable componedor y las partes, que tiene los mismos efectos de la transacción.
Es decir, según la ley, constituye cosa juzgada y las partes podrán dar alcance
de prestar mérito ejecutivo.
BENEFICIOS
» Sencillez: es
el procedimiento más simple por no estar sometida a un procedimiento
especial
» Informalidad y Flexibilidad las partes son las que determinan el alcance del amigable
componedor
» Validez: La decisión final del amigable componedor, produce los mismos efectos de
la transacción y es de obligatorio cumplimiento para las partes.
especial
» Informalidad y Flexibilidad las partes son las que determinan el alcance del amigable
componedor
» Validez: La decisión final del amigable componedor, produce los mismos efectos de
la transacción y es de obligatorio cumplimiento para las partes.
¿CÓMO ACCEDO A LA AMIGABLE
COMPOSICIÓN?
» Se
celebra un contrato de prestación de servicios, entre las partes y el
componedor.
» El componedor examina el asunto, y se forma un criterio mediante entrevista a las partes y
estudio de la documentación e indagaciones.
» Finalmente, el componedor adopta su decisión, fijando el estado, las partes y la forma de
cumplimiento del negocio jurídico o técnico.
» El componedor examina el asunto, y se forma un criterio mediante entrevista a las partes y
estudio de la documentación e indagaciones.
» Finalmente, el componedor adopta su decisión, fijando el estado, las partes y la forma de
cumplimiento del negocio jurídico o técnico.
A continuación veremos un vídeo donde nos resumen la amigable
composición:
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1563_2012_pr001.html
http://conciliacion.gov.co/portal/Amigable-Composici%C3%B3n/-Qu%C3%A9-es-Amigable-
Composici%C3%B3n
https://www.youtube.com/watch?v=MPQi0PQaKpQ
Leidy Ocampo Jaramillo
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