Las cláusulas de la OMPI pueden encontrarse en una amplia
variedad de contratos relativos a la propiedad intelectual, incluidas las
patentes, licencias de know-how y de software, contratos de franquicia,
acuerdos de cotitularidad de marcas, contratos de distribución, joint-ventures,
contratos de investigación y desarrollo, contratos de empleo en industrias de
alta tecnología, fusiones y adquisiciones que incluyen aspectos de propiedad
intelectual, acuerdos de promoción de actividades deportivas y contratos de las
industrias editorial, musical y cinematográfica. Las cláusulas de la OMPI se
encuentran frecuentemente en contratos de licencia entre partes de distintas
jurisdicciones. El Centro de la OMPI también administra casos derivados a
mediación, arbitraje y decisión de experto de la OMPI por los tribunales
nacionales, así como por oficinas de propiedad intelectual y otros órganos.
Cuando proceda, el Centro puede ayudar a las partes a
adaptar las cláusulas tipo a las circunstancias de su relación contractual. Por
ejemplo, pueden redactarse cláusulas específicas para situaciones comerciales
en las que algunas empresas se encuentren con frecuencia implicadas en
controversias con las demás en relación con derechos de propiedad intelectual
que coinciden en parte. Dada la aplicabilidad general de los Reglamentos de la
OMPI, las cláusulas de la OMPI pueden asimismo incluirse en contratos y
controversias que no se relacionen con la propiedad intelectual.
Edward Fernández
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